Certificación de Ascensores

La ley 20.296 establece que los edificios residenciales deben certificar sus ascensores una vez cada 2 años y realizar una mantención mensual de los mismos.

La certificación acredita que esa mantención es la adecuada.

En caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas de la ley, tanto respecto a la mantención como a la certificación, se aplicará multa que va entre 50 y 150 UF ($1.389.600 – $4.168.800) en contra del propietario.

Es responsabilidad del administrador en conjunto con el comité de adminiistración cumplir con esta normativa que busca garantizar la seguridad de los usuarios de los ascensores de edificios.

Scroll to Top